En Alquivir diferenciamos entre dos tipos de alquiler.

LARGA DURACIÓN
VACACIONAL

Alquileres de larga duración o para todo el año en Matalascañas.

Alquiler de una propiedad, ya sea vivienda o local comercial, amueblado o no, equipado o no, para periodos de tiempo de larga duración.

Según establece la ley, comprendiendo un periodo de mínimo un año y máximo de 5 años.

Al amparo de esta modalidad de alquiler se podría fijar la residencia habitual de los huéspedes en el caso de vivienda, y tanto en viviendas como en locales, ejercer actividades económicas sujetas a pactos.

El alquiler de larga duración  

NO ES NUESTRA ESPECIALIDAD

Sólo lo trabajamos puntualmente y bajo demanda concreta.

Si necesitas este tipo de alquiler, como propietario o como inquilino, contacta con nosotros y vemos posibilidades de ayudarte.

En cualquier caso, lo trabajamos de una forma diferente, por lo que normalmente no lo encontrarás en nuestra web.

MEJOR CONTACTA CON NOSOTROS

Alquileres para vacaciones en Matalascañas.

Alquiler de una vivienda, amueblada y equipada, generalmente de propiedad particular, que se alquila temporalmente a otros particulares para su disfrute durante periodos de vacaciones.

En el caso de Matalascañas suele ser en los meses de verano comprendidos entre Junio y Septiembre.  

Al amparo de esta modalidad se podrían realizar contratos de alquileres siempre por periodos de tiempo inferiores a un año, y que no sean para fijación de la residencia habitual de los huéspedes ni para ejercicio de actividades económicas.

El alquiler VACACIONAL
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